Serán funciones y atribuciones de la Asesoría Técnica las que seguidamente
se enumeran:
a) Prestar asesoramiento técnico permanente, verbal y escrito, a la
Dirección Superior del Ministerio (Ministro, Subsecretario y Director
General de Secretaría) sobre temas agropecuarios y temas de
competencia del Ministerio de Agricultura y Pesca conforme a las
disposiciones vigentes en la materia o las que se dicten en el
futuro;
b) Prestar asesoramiento técnico a la Dirección Superior del Ministerio
en las Comisiones de Trabajo del Poder Legislativo;
c) Concurrir a las Comisiones del Poder Legislativo para prestar
asesoramiento técnico a pedido y por orden superior;
d) Prestar asistencia técnica en materia de elaboración de convenios
y acuerdos internacionales, cuando le sea requerida por la
Superioridad;
e) Asesorar técnicamente a la Dirección Superior del Ministerio, en la
redacción de proyectos de resolución, de decretos y de leyes,
relacionados con problemas técnicos y económicos vinculados a las
materias de competencia del Ministerio de Agricultura y Pesca;
f) Extender, expedir y suscribir las certificaciones dispuestas por
la Superioridad;
g) Representar, por orden superior, al Ministerio de Agricultura y
Pesca en conferencias, congresos, reuniones, etc., de carácter
nacional e internacional; en comisiones honorarias; en exposiciones
agropecuarias y en actos de productores y entidades (Asambleas,
reuniones, etc.);
h) Mantener actualizada la información técnica a cargo de la oficina
y realizar estudios de carácter económico, a los fines del
cumplimiento de sus cometidos;
i) Formular iniciativas en temas de su competencia;
j) Evacuar consultas de las Direcciones y Comisiones Honorarias del
Ministerio, así como de productores, instituciones públicas y
privadas, etc., cuando correspondan;
k) Organizar y vigilar la función técnica, especializada y
administrativa de la oficina;
l) Organizar el funcionamiento de su Sala de Asesores y su secretaría; y
ll) Elevar la memoria anual de la oficina.
Los cometidos de referencia serán cumplidos sin interferir con los que
son específicos de las Direcciones, Comisiones y demás servicios
dependientes o de relación directa con el Ministerio de Agricultura y
Pesca.
De los servicios competentes