Fecha de Publicación: 14/11/1975
Página: 296-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 16

(De su competencia).- La Sala de Asesores Técnicos emitirá su opinión como
corporación en los asuntos que le sean sometidos para su estudio y
opinión.
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