MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Fe de erratas publicada/s: 07/03/1986, 20/03/1986.
El incumplimiento de las obligaciones a que se refieren los artículos
36 y 37 determinará la caída de pleno derecho de los términos de la
refinanciación acordada.
CAPITULO 9
GARANTIAS
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