MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Fe de erratas publicada/s: 07/03/1986, 20/03/1986.
Producida la mora, el acreedor deberá comunicar a la Comisión de
Análisis Financiero el incumplimiento de la refinanciación.
La Comisión informará los incumplimientos al resto del sistema.
TITULO VI
VIGENCIA
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