MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Fe de erratas publicada/s: 07/03/1986, 20/03/1986.
Cuando el deudor pertenezca a un subsector distinto a los mencionados en el artículo anterior, se aplicará el Indice de Precios al por mayor de Productos Agropecuarios, publicado en el Boletín Estadístico del Banco Central del Uruguay.Ayuda