Según el subsector al que pertenezca el deudor, la incidencia de los
productos agropecuarios se regirá por los porcentajes que se determinan
seguidamente para cada uno de los índices:
1) Ganadero: Vacunos 57.143%, lanares 8.198%, lana 31.156%, cueros
3.503%.
2) Lechero: Leche 88.04%, ganado 11.96%
3) Agrícola Ganadero: Vacunos y lanares 22.15%, lana 7.41%, cueros 1.62%, cereales y oleaginosos 68.82%.
Dentro de cada subsector el índice de reajuste representará las
variantes mensuales que se operen en los precios del conjunto de sus
productos.