Fecha de Publicación: 08/01/1979
Página: 57-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 2

  Incorpóranse a la nómina de Policlínicas Rurales establecidas en el 
citado decreto del Poder Ejecutivo 83/978 a las de: Pueblo Fernández 
(Departamento de Salto) y Zapicán (Departamento de Lavalleja), a efectos 
de lo dispuesto por el artículo 278 de la ley 14.416, de fecha 28 de 
agosto de 1975.
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