MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
Incorpóranse a la nómina de Policlínicas Rurales establecidas en el citado decreto del Poder Ejecutivo 83/978 a las de: Pueblo Fernández (Departamento de Salto) y Zapicán (Departamento de Lavalleja), a efectos de lo dispuesto por el artículo 278 de la ley 14.416, de fecha 28 de agosto de 1975.Ayuda