Fecha de Publicación: 12/03/2025
Página: 6
Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 5

   La Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC) pondrá a disposición de las personas una solución digital que incorpore los distintos mecanismos de identificación digital para el acceso a trámites y servicios digitales de entidades públicas, así como para el acceso a servicios digitales de entidades privadas que, cumpliendo las condiciones determinadas por AGESIC, se adhieran a dicha solución.
   La Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC) podrá incorporar en la solución precitada, otros mecanismos de identificación digital provistos por entidades públicas o privadas.
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