Fecha de Publicación: 26/02/2008
Página: 509-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 12

 Suministro de capacitación al personal de AFE.
En el marco de desarrollo de la operación, en los términos contractuales
que en el caso se establezcan, la SAPE deberá impartir capacitación al
personal y mandos de AFE involucrados en dicha operación, con el fin de
procurar un mejor y más eficiente desempeño de las actividades a cargo de
ésta.
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