La fijación de la partida originaria para los funcionarios
comprendidos en el presente decreto resultará de la información que,
inmediatamente a la celebración del respectivo contrato, remita el Jefe
de Misión especificando comienzo de vigencia del mismo, precio mensual
estipulado, moneda en que se pagará y tipo de cambio a la entrada en
vigencia del contrato respecto al dólar americano.