Fecha de Publicación: 11/03/1987
Página: 410-A
Carilla: 2

MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 36

   Las calificaciones anuales que otorguen las Juntas Calificadoras serán
notificadas al interesado dentro de los sesenta días del año docente
siguiente y posteriormente se agregarán a la carpeta de actuación anual.
Ayuda