La actividad computada estará referida el número de clases que
efectivamente se dictaron durante el transcurso del año lectivo. En caso de incumplimiento de la obligación de integrar Tribunales Examinadores y Reunidos con fines de avaluar las actuaciones de los alumnos, se
asentarán las inasistencias, la que será tenido en cuenta por la Junta Calificadora para juzgar la actitud del docente.