Fecha de Publicación: 11/03/1987
Página: 410-A
Carilla: 2

MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 3

   De los requisitos para ser funcionario docente policial. Son 
requisitos para ejercer dicha función:

   A) Tener cumplidos 21 años de edad y estar inscripto en el Registro
      Cívico Nacional. Lo que se acreditará con los documentos 
      pertinentes.
   B) Aptitud física y mental, justificada mediante certificado expedido 
      por la autoridad oficial.
   C) No tener antecedentes penales ni morales que inhabiliten para la
      función docente.
   D) Certificado de Habilitación Policial.
   E) Mantener una conducta acorde a los fines y objetivos del Instituto
      Policial y las obligaciones del cargo, conforme a las normas
      reglamentarias policiales vigentes en la materia.
   F) Haber prestado juramento de fidelidad a la Bandera Nacional y dado
      cumplimiento a las normas de sufragio obligatorio, así como otros
      requisitos legales reglamentarios que correspondan.
   G) Poseer probada idoneidad en la especialidad, la que se acreditará 
      con los certificados de estudio correspondientes y de acuerdo a las 
      normas establecidas en el presente reglamento.

                                TITULO II

                      De las propuestas docentes
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