MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fe de erratas publicada/s: 20/02/1986, 04/03/1986.
Los salarios que se abonen en la actualidad y que resulten superiores a los mínimos establecidos no podrán ser rebajados por ningún concepto. Tampoco podrán reducirse los porcentajes de comisiones que perciba el trabajador.Ayuda