MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
Norma contenida en período aún no trabajado
Artículo 16
(Del error, deterioro, etc).- En caso de error, deterioro, enmendadura, etc., en la confección de una Guía de Propiedad y Tránsito, esta deberá ser anulada en la Libreta así como los duplicados correspondientes, no pudiéndose expedir Guías con tachaduras, enmendaduras, etc.
III - DE LOS DESPLAZAMIENTOS DE BOVINOS
Y OVINOS
Del uso de las Guías - Generalidades