MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
Norma contenida en período aún no trabajado
Artículo 10
(De la impresión y distribución).- La impresión de las Guías de Propiedad y Tránsito estarán a cargo del Ministerio de Ganadería y Agricultura por intermedio de la Dirección Nacional de Contralor de Semovientes, Frutos del País Marcas y Señales.
La distribución a los Gobiernos departamentales, en las condiciones
que se establecerán en cada caso, la efectuará la misma Dirección Nacional de Contralor.