Fecha de Publicación: 22/02/2008
Página: 497-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 4

 La Dirección General de Servicios Agrícolas, en coordinación con el
Proyecto Producción Responsable, Instituto Nacional de Investigaciones
Agropecuarias, Instituto Plan Agropecuario y la/s Intendencias Municipales
correspondientes, Comisiones Departamentales o vecinales u Organizaciones
Rurales, asesorará, organizará y supervisará "La campaña de Control de
Capim Annoni" en la/s zona/s definidas de Control, adoptando todas las
medidas tendientes a cumplir con el objetivo de minimizar las pérdidas
agrícolas causadas por la mencionada plaga.
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