MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
Para el efectivo cumplimiento de las tareas de contralor dispuestas en el presente decreto, facúltese a la Dirección General de Servicios Agrícolas, para el ejercicio directo de la Fiscalización en las zonas definidas de Control o en coordinación con la Intendencia Municipal respectiva. V) DE LAS SANCIONESAyuda