El plano que retirará el profesional actuante deberá ser copia exacta
del que se destina al Archivo Gráfico de la Dirección Nacional de
Topografía, del Ministerio de Transporte y Obras Públicas que contiene
los timbres, además deberá presentar a Registro y Cotejo dos copias
heliográficas o fotocopias de igual rotulación y escala para el uso de
las Oficinas de la Dirección General del Catastro Nacional.-
Estas copias estarán firmadas por el Agrimensor o Ingeniero
Agrimensor firmante del plano, requisito que será cumplido en todas las
copias del plano para darles validez y sin cuya firma no se admitirán a
cotejo y registro.-
Podrá el profesional actuante, solicitar además, constancia del
registro en otras copias totales o parciales del mismo plano a escala
igual o distinta del que se entrega para uso del Estado.-