Fecha de Publicación: 09/02/1976
Página: 387-A
Carilla: 11

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA

Artículo 3

El usuario de las partes, repuestos o dispositivos se presentará por
intermedio de Despachantes de Aduana ante la Dirección Nacional de
Aduanas, con una certificación de los representantes de aquellos en el
país, en la que se establezca su inexistencia en plaza.
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