Fecha de Publicación: 05/01/2007
Página: 90-A
Carilla: 14

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 12/01/2007.
Decreto 643/006

Fíjanse las Tasas Globales Arancelarias para los productos que se determinan, originarios de la República Argentina.
(6*R)

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
   MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

                                    Montevideo, 27 de Diciembre de 2006

VISTO: el Decreto Nº 473/006, de 27 de noviembre de 2006.

RESULTANDO: que dicho Decreto faculta al Poder Ejecutivo a fijar un arancel menor o igual a la Tasa Global Arancelaria (T.G.A.) a las importaciones originarias de la República Argentina, cuando se cumplan determinadas condiciones.

CONSIDERANDO: que procede ejercer la mencionada facultad, fijando el arancel aplicable a la importación de productos con respecto a los cuales se configuran las condiciones previstas en el literal a) del artículo 1º del referido Decreto. 

ATENTO: a lo expuesto y a lo previsto en el Decreto Nº 473/006 citado.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Fíjanse las Tasas Globales Arancelarias que en cada caso se indican,
para los productos originarios de la República Argentina contenidos en
los Anexos I y II que forman parte integrante de este Decreto.


		
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