Fecha de Publicación: 22/12/1980
Página: 1007-A
Carilla: 3

MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 2

   Los datos de los prontuarios existentes en los archivos de las Jefaturas de Policía y Direcciones Nacionales de Policía Técnica e Información e Inteligencia son reservados su uso queda limitado a las
instituciones del estado (Administrativos policiales, militares y
judiciales).
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