MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Los beneficios tributarios que se reglamentan alcanzarán solamente a los contribuyentes del Impuesto a las Rentas de la Industria y Comercio que posean contabilidad suficiente y a los contribuyentes del Impuesto a las Rentas Agropecuarias que tengan documentación fehacientemente de sus operaciones, a juicio de la Dirección General Impositiva.Ayuda