Fecha de Publicación: 27/10/1977
Página: 189-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA 

Decreto 577/977

Se reglamenta el funcionamiento de las Empresas de Arrendamientos 
Turísticos.

Ministerio de Industria y Energía.

                                   Montevideo, 19 de octubre de 1977.

Visto: estos antecedentes en los cuales la Dirección Nacional de Turismo
elevar para su aprobación por parte del Poder Ejecutivo, el proyecto de
decreto reglamentario de funcionamiento de las Empresas de Arrendamientos
Turísticos.

Considerando: que el artículo 12º de la ley 14.335 de 23 de diciembre de
1974 faculta al Poder Ejecutivo para determinar y regular las actividades
que desarrollen los prestadores de servicios y establecer las categorías
de acuerdo con las tareas que efectivamente cumplan.

Atento: a lo dictaminado por la Asesoría Letrada del Ministerio de
Industria y Energía, lo informado por la Dirección Nacional de Turismo y a
lo establecido en la norma precedentemente citada,

 El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

   Serán considerados prestadores de servicios turísticos y se 
denominarán "Empresas de Arrendamientos turísticos", quedando sujetos a 
las disposiciones de la ley 14.335 de 23 de diciembre de 1974 y de la 
presente reglamentación los que, cumpliendo una actividad de 
intermediación, con fines de lucro, ofrezcan en arrendamiento fincas por 
temporada.


MENDEZ. - LUIS H MEYER.
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