Fecha de Publicación: 02/01/2004
Página: 28-C
Carilla: 32

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 5

 La importación de la totalidad de los insumos agropecuarios comprendidos 
en el artículo 1º del Decreto Nº 194/979, de 30 de marzo de 1979, 
modificativos y concordantes, continuarán sujetos al régimen arancelario 
establecido en el referido Decreto.-
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