Fecha de Publicación: 09/01/2004
Página: 393-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 3

 Exonéranse las retribuciones de los puestos de trabajo con denominación 
Gerente General, Secretario General, Gerente de División, Asesor Jefe, 
Jefe de Departamento y Jefe de Area, del tope establecido en el artículo 
105º del Decreto-Ley Especial Nº 7, de 23 de diciembre de 1983.-
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