Constituyen faltas administrativas susceptibles de sanción
disciplinaria:
a) Las inasistencias sin previo aviso que no tengan causa justificada;
b) La reiteración abusiva de llegadas tarde y de faltas con aviso de
modo que perturben el servicio;
c) Las ausencias no autorizadas del lugar de trabajo;
d) Efectuar registros en los documentos de control pertenecientes a otros funcionarios.