Fecha de Publicación: 12/03/2014
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Artículo 2

 (Objeto)
El presente Decreto tiene como objeto establecer los límites para la
exposición humana a los Campos Electromagnéticos (CEM), los cuales
contemplan la adecuada aplicación del principio precautorio, con el fin de
proveer protección contra efectos adversos a la salud, provenientes de
cualquier instalación o dispositivo emisor de tales campos.
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