Fecha de Publicación: 25/02/2005
Página: 508-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 7

 (Notificación de las propuestas). A efectos del consentimiento de los
particulares a que hace referencia el artículo 5º de la Ley Nº 17.234, el
Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente
identificará a través de los medios apropiados, a los propietarios
privados de los padrones o sus partes, pre-seleccionados para integrar el
Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas.
Los propietarios serán notificados en forma personal de la propuesta para
integrar los predios de su propiedad al Sistema Nacional de Areas
Naturales Protegidas, de conformidad con lo previsto en las normas
generales de actuación administrativa (Decreto 500/991, de 27 de
setiembre de 1991).
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