No podrán ser directivos de Federaciones Deportivas aquellos que cumplan
funciones en el Ministerio de Deporte y Juventud, cuyas actividades se
relacionen con aquellas instituciones.
No se podrá ser directivo de dos o más Federaciones Deportivas en forma
simultánea.
No podrán ser directivos de Federaciones Deportivas aquellas personas que
se encuentren procesados o condenados por la comisión de delitos
previstos contra el deporte, honor, moral, buenas costumbres,
personalidad física, así como suministro y tráfico de estupefacientes y
conexos.