Fecha de Publicación: 19/11/2009
Página: 571-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 5

 La baja en los créditos presupuestales del Grupo 0 "Servicios Personales"
y del Objeto del Gasto 578.099 "Gastos Prom. y Bien. Social Varios Sin
Discrim. p/Empleados Públ.", Financiación 1.2 "Recursos con Afectación
Especial", que figuran en el ANEXO II de este Decreto, se efectuará cuando
se realicen las adecuaciones del personal no docente. En la misma
oportunidad se efectuará el Alta en el Inciso 26 "Universidad de la
República" de los créditos resultantes de dicha adecuación, y el
Ministerio de Educación y Cultura efectuará la versión a Rentas Generales
del monto desafectado en el Objeto del Gasto y el mismo será ajustado
conforme a los incrementos salariales dispuestos para los funcionarios de
la Administración Central.
Ayuda