Los Inspectores Principales del Subescalafón Ejecutivo podrán
desempeñar, entre otros, los siguientes destinos y cargos:
1) Subdirector General de Ministerio del Interior y Director de la
Policía Nacional.
2) Director de Direcciones Nacionales o Dependencias equivalentes,
cuando el cargo no pueda ser ocupado por un Inspector General.
3) Subdirector de Direcciones Nacionales o Dependencias equivalentes.
4) Subjefe de Policía.
5) Jefe del Estado Mayor Policial del Ministerio del Interior, cuando
el cargo no pueda ser ocupado por un Inspector General.
6) Subjefe del Estado Mayor Policial del Ministerio del Interior.
7) Director del Departamento de Instrucciones Sumariales del
Ministerio del Interior, cuando el cargo no pueda ser ocupado por un
Inspector General.
8) Integrante del Departamento de Instrucciones Sumariales del
Ministerio del Interior.
9) Director de Coordinación Ejecutiva de las Jefaturas de Policía.
10) Director de Seguridad, de Grupos de Apoyo, de Investigaciones, de
Personal y del Departamento de Secretaría General de la Jefatura de
Policía de Montevideo.
11) Jefe de Zonas y Destacamentos de la Dirección Nacional de
Bomberos.
12) Jefe del Regimiento "Guardia Republicana" de la Jefatura de
Policía de Montevideo.
13) Director de la Escuela Policial de Estudios Superiores.
14) Inspector de Escuelas y Cursos, cuando el cargo no pueda ser
ocupado por un Inspector General.
15) Director de Departamento del Ministerio del Interior.
16) Integrante de la Junta Asesora de Servicios Policiales.
17) Presidente o integrante de los Tribunales Regionales de Honor.
18) Secretario de la Junta Calificadora Nacional para Oficiales
Superiores y Comisarios Inspectores del Subescalafón Ejecutivo.
19) Presidente o integrante de las Juntas Calificadoras, según lo
establecido en la Ley Orgánica Policial.
20) Integrante de la Inspección Nacional de Policía.
21) Integrante de Comisiones del Ministerio del Interior con otros
organismos del Estado.
22) Presidente o integrante de Comisiones de Estudio sobre temas
policiales, designadas por el Comando del Ministerio del Interior.
23) Director de Establecimientos Carcelarios de la Dirección Nacional
de Cárceles, Penitenciarías y Centros de Recuperación.
24) Todos aquellos destinos previstos en las reglamentaciones vigentes
o que -por su similitud con los anteriores- estén acordes con la dignidad
e investidura que el grado conlleva.
Los destinos o cargos indicados en los numerales 1; 16; 21 y 22
podrán ser ocupados por Inspectores Principales del mencionado
Subescalafón, en situaciones de Actividad o Retiro.