MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
Sanciones. El incumplimiento a las disposiciones del presente Decreto, hará pasible al infractor de la aplicación de las disposiciones contenidas en el Capítulo VII del Decreto - Ley 14.335 de 23 de diciembre de 1974 y demás disposiciones legales y reglamentarias que rigen el sector de actividad.Ayuda