MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
Instalaciones para actividades especiales. Los Hostales turísticos que
posibiliten la práctica de actividades en la naturaleza deberán disponer
de los siguientes servicios para sus clientes:
a) Espacio suficiente para el guardado de las botas y para el cambio
con comodidad del calzado.
b) Especio suficiente para el secado de la ropa mojada.
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