Fecha de Publicación: 25/11/1994
Página: 766-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 4

   La importación de equipos y repuestos que efectúen los organismos     
públicos a través de la presente licitación estará exonerada de toda
imposición nacional, incluido el Impuesto al Valor Agregado, Recargos,
incluido el mínimo y el Impuesto Aduanero Unico (IMADUNI).

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