MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
Facúltase al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a disponer, previa evaluación técnica y mediante resolución fundada, la aplicación temporal o permanente de las disposiciones contenidas en los artículos anteriores a otros productos fitosanitarios que no se encuentren comprendidos en las categorías toxicológicas 1a y 1b.Ayuda