Fecha de Publicación: 26/12/1983
Página: 456-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 3

   La mercadería que circule por el territorio nacional sin la documentación respectiva podrá  ser objeto de comiso, sin perjuicio de
las restantes sanciones a aplicarse, conforme a las disposiciones del
Código Tributario, a la empresa titular y a la transportista.
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