MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
En las tierras fiscales, municipales, establecimientos públicos, caminos, vías públicas y Zonas Francas, regirán las obligaciones que fija esta reglamentación, debiendo cumplirlas las autoridades respectivas y siendo de cuenta de las mismas los gastos que demande la ejecución de los tratamientos de control. VII. Tratamiento de Control.Ayuda