MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
En raso de que el pasajero no haga uso de la Facultad que le confieren los artículos precedentes, dispondrá de un plazo de 90 (noventa) días, contados a partir de la fecha de llegada de los artículos o bienes, para proceder al egreso de los mismos. De no hacerlo, caerán en abandono pudiendo la Dirección Nacional de Aduanas proceder a su remate.Ayuda