Fecha de Publicación: 04/12/1991
Página: 647-A
Carilla: 13

MINISTERIO DE TURISMO

Artículo 3

   En el acto de formalizar la inscripción, los interesados deberán
presentar, bajo forma de declaración jurada:

a) los datos relativos a las instalaciones, servicios básicos
complementarios y demás características de los alojamientos, con
especificación del número de aquellos destinados a la explotación, a los
efectos de su futura categorización;
b) las tarifas o precios que se propongan para las diversas modalidades 
de alojamiento denunciadas;
c) autorización del propietario del inmueble, cuando no sea éste quien
ejerza la actividad.
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