Decreto 453/016
Modifícase el Decreto 356/014, relativo al régimen de encomiendas postales internacionales.
(183*R)
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 29 de Diciembre de 2016
VISTO: la necesidad de introducir modificaciones en el régimen de encomiendas postales internacionales.
CONSIDERANDO: I) que resulta necesario adecuar la reglamentación sobre la materia de acuerdo con las disposiciones legales.
II) que las condiciones normales de mercado se han modificado por lo que se entiende pertinente disminuir la cantidad de envíos que podrán recibirse al año, a fin de que no se desvirtúe el régimen.
ATENTO: a lo expuesto precedentemente,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Sustitúyese el literal c) del artículo 5° del Decreto N° 356/014 del 9 de diciembre del 2014, en la redacción dada por el Decreto N° 336/015 de 16 de diciembre del 2015, por el siguiente:
"c) hasta un máximo de tres veces por año civil por cada persona física."
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período 2015-2020; DANILO ASTORI.