MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
(De la notificación).- La resolución por la que se califique un bosque, deberá ser notificada personalmente al titular del predio o de la explotación donde se asiente, en la forma prevista por el artículo 48 y ss. del decreto 640/978, de 8 de agosto de 1973.Ayuda