A los efectos de autorizar la entrada de papa para semilla al país, se
exigirá la presentación, ante los Servicios Fitosanitarios dependientes
de la Dirección de Sanidad Vegetal, de los siguientes certificados con
las especificaciones que se mencionan a continuación:
I) Certificado Fitosanitario de origen
Expedido por el Servicio de certificación de la zona de producción
correspondiente, en el que deberá constar
A) Variedad.
B) Categoría o clase (Certificada o Superior.)
C) Origen, y especificar que, habiendo sido producidas en campos
oficialmente inspeccionados durante el período de crecimiento
de dichos cultivos fueron encontrados libres de:
1. Nematodos dorados: Globodera rostochiensis (Wollen weber)
Mulvey & Stone y Globodera pallida (Stone), Mulvey & Stone.
2. Nematodo de la pudrición de la papa, Ditylenchus
destructor Thome.
3. Podredumbre anular bacteriana Corynebacterium
sepedonicum (Spiek & Kotth) Skapt y Burkb.
4. Podredumbre parda bacteriana Pseudomona solanacearum
E.F. Smith.
5. Verruga o cáncer de la papa, Synchytrium endobíoticum
(Schilb) Perc.
D) Especificar también que habiendo sido producidas en campos
oficialmente inspeccionados estuvieron dentro de las siguientes
tolerancias en oportunidad de realizarse la segunda inspección de
cultivos:
(Calculadas como porcentajes del número de plantas):
1 . Cualquier virus ............................ 0.5%
2. Total de todos los virus no latentes ........ 1.0%
3. Total de marchitamiento, pata negra y virus . 2.0%
4. Mezcla varietal ............................. l.0%
II) Certificado fitosanitario de embarque:
Expedido por las autoridades sanitarias oficiales del puerto de
embarque, en el que deberá constar qne las papas del cargamento fueron
inspeccionadas en el momento del embarque final, siendo encontradas:
A) Libres de:
1.- Nematodos dorados: Globodera rostochiensis (Wolien
weber) Mulvey & Stone y Globodera peluda (Stone), Mulvey &
Stone.
2. Nematodo de la pudrición de la papa: Dytylenchus
destructor, Torne.
3. Podredumbre anular bacteriana: Corynebacterium
sepedonícum (Spieck & Kotth) Skapt E. Burkh.
4. Podredumbre parda bacteriana, Pseudomonas Solanacearum
E.F. Smith
5. Verruga o cáncer de la papa, Synchytrium endobioticum
(Schilb) Perc.
6. Polilla de la papa, Gnorinoachema operculella Zeller.
7. Leptinotarsa desemlineata (Say) y.
8. Congelación.
B) Dentro de las siguientes tolerancias calculadas en porcentajes
sobre el número de tubérculos, excepto materias extrañas:
1. Podredumbres húmedas, incluyendo pata negra
(Erwinisatroséptica
Van Hall) Jennison E. Carotovora varatroséptica ...... O.1%
2. Podredumbres secas tipo Fusarium, incluyendo tizón
(Phytopthora infestans) Mont de Barry ................ 0.1 %.
3. Sarna común (Streptomyces acabies, thaxt):
a) Leve ............................ 30.0%
b) Moderada ......................... 5.0%
c) Leve más Moderada ................ 25.0%
Se considera como tubérculo afectado por sarna leve aquel que
presente hasta el 1 % de su superfície afectada con manchas. Se
considera como tubérculo afectado por sarna moderada, aquel que
presente hasta el 10% de la superficie afectada.
4. Sarna pulverulenta (Spongospora subterránea Wall y Lagh)
prácticamente libre (hasta 1 % de los tubérculos pueden
presentarse con pústulas llamativas).
5. Sarna plateada (Helmintosporíum solani Dur y Mont) hasta
el 25% de los tubérculos afectados por manchas limitadas.
Las partidas que excedan este porcentaje hasta en un 20% serán
admitidas en caso de haber sido tratadas con TBZ.
6. Sarna negra (Rhizoctonia solani Khum)
a) Leve ............................. 20%
b) Moderada .......................... 5%
c) Leve más Moderada ................ 15%
Se considera papa con ataque de Rhizoctonia solani leve,
aquella que presente el 1 a 5% de la superficie del tubérculo
afectado.
Se considera papa con el mismo ataque, pero moderado aquella
que presente hasta un 15% de la superficie del tubérculo
afectado.
7. Sarna negra (Rhizoctonia solani Khum) y Sarna común
(Estreptomices Scalles, Taxth)
Las partidas de papa para semilla. afectadas por estas dos
enfermedades, no deberán sobrepasar los siguientes niveles
de tolerancia conjunta, sin perjuicio de los niveles
establecidos para cada enfermedad, individualmente:
a) Leve...................................... 45%
b) Moderado................................... 9%
c) Leve más Moderado......................... 36%
8. Tubérculos afectados por enfermedades y defectos,
excluyendo sarna leve, rhizoctonia leve y decoloración
vascular del extremo proximal del tubérculo.... 5%
9. tubérculos mal formados o con daño externo..... 2.0%
10. Tubérculos no pertenecientes a la variedad..... 1.0%
11. Materias extrañas.............................. 1.0%
(por-peso)
C) Dentro del tamaño que se especifica, se aceptan como valores
extremos dentro de cada envase los siguientes:
a) Para contratos realizados en base al peso del tubérculo:
Peso mínimo: 40 Pramos, con tolerancia del 3%, en peso de
tubérculos menores, Peso máximo: 224 gramos con tolerancias
del 5% en peso de tubérculos mayores.
b) Para contratos realizados en base al calibre del
tubérculo 35/60 milímetros para variedades de forma alargada
y 35/65 milímetros para variedades de forma redonda, aplicándose
las siguientes tolerancias:
Inferiores hasta en 5 mm. a 35 mm. en peso 3%
Superiores hasta en 5 mm. a 60/65 mm: en peso 5%
A los efectos de la presente disposición, se entiende que
el calibre de un tubérculo comprende a su mayor dimensión
transversal expresada en milímetros. El calibre de un lote
de semillas de papa se expresa mediante dos cifras que
corresponden a los calibres mínimos y máximos de los
tubérculos que lo componen.
D) Envases. Los envases deberán ser cajones de madera o bolsas de
arpillera; deberán ser nuevos y tener impresos, en forma visible
e indeleble, en su exterior las siguientes indicaciones, cuyo texto
deberá estar en idioma español:
1. Producto ........... .. Papa para semilla"
2. Variedad . . . (Deberá expresarse la que corresponda).
3. Firma exportadora ... (Expresarse la que corresponda).
4. Origen ...... (Expresarse el que corresponda)
5. Peso neto .. . (deberá estar expreso en quilos)
F) Etiquetas: En las etiquetas deberán estar inscriptas, en idioma
español y en forma visible, las siguientes indicaciones:
1. Categoría de la semilla.
2. Variedad
3. Número de Código del agricultor semillerista.
4. Tamaño.
5. Peso.
III) En el caso de proceder de países cuyas reglamentaciones
especifican la emisión de un sólo certificado, éste deberá contener las
certificaciones requeridas en este artículo, en los numerales romanos I)
y II).
Epoca de ingreso