Fecha de Publicación: 27/02/1984
Página: 411-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 62

   El Personal Subalterno que presta funciones en las Asesorías Letrada y Notarial será calificado por el Asesor Letrado Jefe y por el Asesor I Escribano respectivamente, actuando el Subsecretario de Defensa Nacional como Comando Calificador.
  Respecto a las demás reparticiones que integran el Gabinete del
Ministro, la calificación será hecha por los respectivos Jerarcas
inmediatos, actuando el Subsecretario de Defensa Nacional como Comando
Calificador.
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