Fecha de Publicación: 27/02/1984
Página: 411-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 60

   No está en condiciones de ascenso el Personal Subalterno que a la fecha de producirse la vacante se encontrare en la Lista de Eliminados.

              
             V.- Disposiciones Transitorias y Especiales
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