Fecha de Publicación: 27/02/1984
Página: 411-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 3

   Las autoridades que deben calificar deberán basar sus calificaciones en el concepto que personalmente se tenga del subalterno y en los partes, anotaciones documentos y conceptos, que figuren o hayan sido agregados a la hoja de Servicios y Hechos y en la Hoja de Actuación.
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