Integra la Antigüedad Computable:
a) El tiempo de prestación de servicios efectivos en el grado;
b) El tiempo que se permanezca alejado de las funciones por
enfermedad o accidente siempre que hayan sido en Acto de
Servicio o como consecuencia directa del mismo;
c) Los días de Licencia que hayan sido otorgados, dentro de las
condiciones y en las formas establecidas en las reglamentaciones y
disposiciones vigentes,
d) El tiempo que se permanezca alejado de las funciones a consecuencia
de proceso penal ordinario o militar, sumario o investigación
administrativa, siempre que en éstos recaiga sentencia o resolución
absolutorias;
e) El tiempo que por Resolución superior desempeña otros cometidos
fuera de la Repartición, tanto dentro del país como en el exterior.