Fecha de Publicación: 16/01/2023
Página: 25
Carilla: 25

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 4

   Los estándares técnicos, tanto funcionales como tecnológicos, emitidos por el Comité para la adquisición o desarrollo de sistemas transversales para la gestión de recursos deberán ser aplicados por todas las entidades de la Administración Central a cargo de los citados sistemas, así como por aquellas entidades públicas que los empleen.
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