Fecha de Publicación: 13/01/2000
Página: 458-A
Carilla: 6

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 4

 El mecanismo para la provisión de las vacantes al amparo de lo dispuesto
por la ley que se reglamenta, será el concurso de méritos y antecedentes,
de oposición y méritos o el sorteo, según las características del cargo a
proveer y previo pronunciamiento de la Oficina Nacional del Servicio
Civil.-
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