Fecha de Publicación: 04/08/1988
Página: 155-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 2

  Establécese la siguiente tarifa de los servicios en valor equivalente
en nuevos pesos a Unidades Reajustables (ley 13.728 de 17 de diciembre de
1968):

  Categoría 1.........................................UR  0,25

- Rúbrica de libros (por unidad).
- Certificación de libros Instituciones de Asistencia Médica.
- Control de legalidaden la presentación de convocatorias de Sociedades  
  Anónimas y Sociedades Civiles.
- Solicitud de información sobre denominación de sociedades.
- Expedición de testimonios fotocopiados hasta 50 fojas.
 
  Categoría 2 .........................................UR 0,50

- Certificado artículo 207 de Sociedades Anónimas. Ley 13.318 (28 de  
  diciembre de 1964) y artículo 3° ley 15.791 (13 de diciembre de 1985).
- Certificado de integración de capital de S.R.L.
- Control de legalidad de Actas de Asambleas de Sociedades Anónimas y  
  Sociedades Civiles.
- Control de legalidad en la ampliación de capital de Sociedades Anónimas.
- Certificado por 30 días (provisorio) de Sociedades Civiles.
- Trámites de comunicación artículo 1° decreto-ley 14.841 (Rífas).
- Expedición de testimonios fotocopiados de actuaciones hasta 100 fojas.

  Categoría 3..........................................UR 1,00

- Cumplimiento artículo 3° de Sociedades Anónimas. Decreto 123/967 (23 de
  febrero de 1967).
- Certificado artículo 208 de Sociedades Anónimas. Ley 13.318 (28 de  
  diciembre de 1964).
- Certificado de integración de capital para Organismos Públicos de  
  Sociedades Anónimas.
- Autorización para funcionar nuevas Sociedades Anónimas (estatutos  
  nuevos).
- Reformas de estatutos de Sociedades Anónimas.
- Expedición de testimonios fotocopiados de actuaciones hasta 200 fojas.

- Categoría 4 .........................................UR 2,00

- Inscripción y reinscripción de Sociedades Anónimas.
- Visación de Estados contables Unif. decreto 827/976 de Sociedades  
  Anónimas.
- Certificado de situación regular de Sociedades Civiles.
- Concurrencia a Asambleas de Sociedades Civiles a solicitud de partes.
- Solicitud autorización artículo 2° decreto ley 14.841 de Rifas. 
- Concurrencia a sorteos.
- Inutilización de impresos valorados en la Administración Pública.
- Venta de papel en desuso.

Categoría 5............................................ UR 5,00

- Certificado artículo 1° decreto 123/967 de Sociedades Anónimas.
- Certificado de integración de capital de Sociedades que se transforman  
  en Sociedades Anónimas.
- Disolución y liquidación de Sociedades Anónimas.
- Transformaciones de Sociedades Anónimas.
- Expedición de testimonios fotocopiados de actuaciones de más de 200  
  fojas.
 
  Categoría 6 ........................................UR 10,00

- Fusión de Sociedades.
- Inscripción de Sociedades Civiles y Vendedores de Vivienda.
- Actuaciones relativas a inmuebles rurales de Sociedades Anónimas.
- Rendición de Cuentas de Frigoríficos.

  Categoría 7.........................................UR 25,00

- Certificado de situación regular de vendedores de viviendas.
- Inventarios en organismos públicos excepto el Argentino Hotel.
- Actuaciones en organismos, servicios o entidades no estatales que  
  perciben fondos públicos o administran bienes del Estado (decreto  
  180/982); MEVIR

  Categoría 8 ........................................UR 50,00

- Auditorías beneficiarios de rifas artículo 2°(decreto ley 14.841 de 12
  de noviembre de 1984).
- Auditorías e inspecciones en Sociedades Civiles y Vendedores de  
  Vivienda.
- Actuaciones relativas a Ondas de Radiodifusión.
- Auditorías de seguros de salud.
- COCAP. Auditoría de balances.

  Categoría 9 ........................................ UR 100,00

- SUL. Auditoría de balances.
- INAC. Auditoría de balances.
- Caja Profesionales Universitarias. Auditorías de balances.
- Caja de Jubilaciones Bancarias. Auditoría de balances.
- Inventario del Argentino Hotel.
- Auditorías de Asociaciones Civiles beneficiarias de retenciones.
- Fundación "Bianchi- Ardoino". Auditoría de balances.
- Auditorías e inspecciones en Sociedades Anónimas a pedido.
- CAITEX. Auditoría de balances.
   En los casos de trámites urgentes el monto establecido se multiplicará
por el coeficiente 2.
   Las cantidades resultantes se redondearán en múltiplos de Cien Nuevos  
Pesos y redondeando a la centena superior las de Nuevos Pesos cincuenta  
o mayores.
   Facúltase a la Inspección General de Hacienda a incluir nuevos servicios en las categorías referidas, así como a modificar los contenidos de los mismos, pudiendo traspasar las actuaciones de una u otra categoría según lo aconseje la puesta en práctica del presente decreto, dando cuenta al Poder Ejecutivo.
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